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AUTODESPIDO

JUZGADO DEL TRABAJO ACOGE DEMANDA DE AUTODESPIDO

JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO ACOGE DEMANDA DE AUTODESPIDO DE TRABAJADORA DE HELADERÍA

Estimados trabajadores, con fecha 20 de agosto de 2020 el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda de despido indirecto o autodespido presentada por trabajadora de una conocida heladería, a quien se le adeudaba el pago de cotizaciones de seguridad social, el tribunal logró establecer el incumplimiento grave del empleador de obligaciones contractuales por medio de la respectiva revisión y análisis de las cartolas históricas de pagos de cotizaciones tanto de la AFP, AFC y prestador de salud de la demandante, documentación que permitió establecer que de forma reiterada y sistemática no se pagaban las cotizaciones o derechos sociales de la trabajadora.

La sentencia en análisis, señaló que la trabajadora demandante justificó plenamente el autodespido tras establecer el incumplimiento grave del empleador de obligaciones contractuales, se encuentra acreditado en el proceso que el empleador de la trabajadora no ha pagado íntegramente las cotizaciones de seguridad social por un extenso tiempo.

Lo expuesto es de tal gravedad que, significa que la empresa se apropió de la remuneración de la trabajadora destinada a solventar sus cotizaciones de seguridad social sin realizarlo, con el respectivo perjuicio patrimonial y previsional que conlleva al no incorporar en la cuenta de capitalización individual dineros de la demandante obteniendo una menor pensión, la eventual imposibilidad del trabajador de hacer uso de las prestaciones de salud contratados con la institución de salud previsional a la que se encuentra adscrita, problemas con licencias médicas e incluso una posible desafiliación y verse imposibilitado de reunir los fondos necesarios para gozar del seguro de cesantía, apropiándose el empleador de sumas de dinero propiedad del trabajador, siendo esta última sola circunstancia suficiente para calificar la conducta de grave, desde que se priva de dinero a la persona, desviándolos a fines no previstos en la normativa.

Por todo lo anterior, y como siempre les indicamos a todos los trabajadores de Chile si están siendo víctimas de abusos como el descrito no duden en contactarnos para proceder inmediatamente a autodespedirse y hacer exigible el pago de sus indemnizaciones y derechos sociales adeudados, el no pago de cotizaciones por si solo constituye un acto completamente grave y reprochable, ya que en definitiva es el empleador que descuenta del sueldo una serie de prestaciones pero no las paga en las instituciones correspondiente, apropiándose en definitiva del dinero del trabajador, lo cual no puede ser tolerado bajo ninguna circunstancia.

No olvidar que para autodespedirse requiere de la asesoría de un abogado ya que se debe notificar una carta al empleador y a la inspección del trabajo, para lo cual es fundamental cumplir al pie de la letra las exigencias que señala la ley para que el autodespido sea declarado ajustado a derecho. Por tal motivo, no dudes en contactarnos.

FUENTE:  https://www.pjud.cl/noticias-del-poder-judicial/-/asset_publisher/kV6Vdm3zNEWt/content/juzgado-de-letras-del-trabajo-acoge-demanda-de-autodespido-de-empleada-de-heladeria

31 respuestas a «JUZGADO DEL TRABAJO ACOGE DEMANDA DE AUTODESPIDO»

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