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DESPIDO INJUSTIFICADO

JUZGADO LABORAL ACOGE DEMANDA POR DESPIDO INDEBIDO

JUZGADO LABORAL ACOGE DEMANDA POR DESPIDO INDEBIDO DE TRABAJADORA DE EMPRESA DE ALMACENAJE


Estimados trabajadores, con fecha 20 de octubre de 2020 el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda de despido injustificado deducida por una trabajadora en contra de una empresa de almacenaje quien procedió a despedirla por la causal de “actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores, o a la salud de éstos”, el juez logró establecer que, la empresa demandada no justificó la desvinculación de la trabajadora por supuestas conductas imprudentes en el cumplimiento de sus funciones.
La sentencia en análisis, señaló que la trabajadora demandante fue despedida de forma injustificada ya que objetivamente no hubo ninguna afectación a la seguridad de los trabajadores ni de la empresa. La trabajadora rompió un protocolo, que fue sacarse la mascarilla, pero no estaba enferma de nada, no estaba contagiada de nada, nunca pudo contagiar a nadie de ninguna enfermedad, por lo tanto no hubo una afectación a la seguridad de nadie. Nunca nadie en esa reunión estuvo en posibilidad de contagiarse ni de Covid ni de nada más porque la trabajadora se sacó la mascarilla. Y esto es relevante porque la empresa, al momento de despedir a un trabajador, no puede trabajar sobre supuestos o sobre hipótesis. Podría haber llegado a contagiar a alguien si es que hubiese estado contagiada ella de Covid, ese es el razonamiento de la empresa; pero ese razonamiento no es correcto, el tema es que tiene que haber una afectación a la seguridad de los trabajadores o de la empresa, y para eso, por lo tanto la persona que se saca el elemento, tiene que estar en posición de generar un daño a la empresa o sus compañeros de trabajo o a su jefatura o en general a las personas que están en ese lugar. Y ese daño no existe, nunca pudo existir y hay un tema acá de especificidad de las causales de término de la relación laboral.
En relación al punto anterior, cada despido independiente de la causal de despido que se aplique al trabajador, dice relación con probar los hechos y supuestos alcances de una conducta señalados en la carta, en este entendido las empresas que despiden a los trabajadores deben tener la suficiente prueba para demostrar en juicio el motivo del despido, por lo tanto si usted es despedido por incumplimiento grave de las obligaciones del contrato de trabajo, será la empresa quien debe demostrar el incumplimiento grave, si usted es despedido por necesidades de la empresa, será la empresa quien debe demostrar la veracidad de dicha necesidad de la empresa.
Por todo lo anterior, y como siempre les indicamos a todos los trabajadores de Chile si están siendo víctimas de un despido, no duden en contactarnos para recibir la debida asesoría y de esta forma demandar al empleador para la obtención de las indemnizaciones correspondientes por ser víctima de un despido injustificado.
No olvidar que para demandar se debe realizar la respectiva reserva de derechos en el finiquito, por lo tanto si es despido contáctenos a la brevedad para coordinar una reunión y de esta forma explicar los pasos a seguir para la realización de la reserva de derechos.
FUENTE:  https://www.pjud.cl/noticias-del-poder-judicial/-/asset_publisher/kV6Vdm3zNEWt/content/juzgado-laboral-acoge-demanda-por-despido-indebido-de-empleada-de-empresa-de-almacena

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