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TUTELA LABORAL

JUZGADO DEL TRABAJO ACOGE TUTELA LABORAL POR VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE LA INDEMNIDAD.

SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO ACOGE TUTELA LABORAL DE CHEF POR VULNERACIÓN AL PRINCIPIO DE LA INDEMNIDAD.

Estimados trabajadores, con fecha 19 de febrero de 2021 el segundo juzgado de letras del trabajo acogió la demanda de tutela laboral de trabajador despedido por incumplimiento grave al contrato de trabajo al que se vulneró el principio de indemnidad laboral ya que había denunciado a su ex empleador por acoso laboral y malos tratos ante la Inspección del Trabajo.

Señala el tribunal que, la parte demandada vulneró la indemnidad del trabajador, al despedirlo en represalia a la fiscalización que solicitó por acoso laboral, la prueba antes mencionada sobrepasa el estándar dispuesto en el artículo 493 del Código del Trabajo, que exige ‘indicios suficientes’, de haberse verificado la infracción que motiva esta denuncia. La demandada no puede alegar desconocimiento de dicha fiscalización, cuando aquélla se verifica en las dependencias físicas de la empleadora y en donde además se dispone la notificación del representante legal de la empresa para que concurra el día subsiguiente, esto es el día 12 de junio a las dependencias de la Dirección del Trabajo, en compañía de la contadora, tomando conocimiento explícito el representante legal que aquella fiscalización estaría motivada por la eventual vulneración de garantías fundamentales en relación al demandante, conocimiento que además le debió haber sido transmitido por la administradora del local fiscalizado, a quien también se le tomó declaración y si le señaló expresamente, el motivo de la fiscalización así como la citación a comparecer de su jefatura.

Es importante explicar que el principio de la indemnidad laboral, es un principio laboral que ampara y protege a todos los trabajadores que denuncian a sus empleadores ante la inspección del trabajo o incluso que denuncian a sus jefaturas o pares por medio de los canales internos de denuncias que establecen las empresas, dicho principio de la indemnidad laboral garantiza al trabajador a no ser despedido en la inmediatez de la denuncia, y en el evento que se despida al trabajador por cualquier causa legal, se entiende que dicho despido no obedece a una real causa legal sino que a la represalia por el hecho de haber denunciado a la empresa, al empleador o la jefatura directa. De tal forma que si usted ha denunciado a su empleador o jefatura y posterior ha esto es despedido, no dude en que su despido es completamente injustificado y constituye la posibilidad de demandar por tutela laboral o vulneración de garantías constitucionales.

Agrega el juez que, en este escenario y en virtud de la garantía vulnerada, no hay cómo justificar la medida del despido adoptada, por el contrario hay una concatenación lógica, consistente y de gravedad en la prueba rendida por la denunciante, que permite establecer que en un contexto de acoso laboral, aquel solicita la intervención del órgano fiscalizador precisamente para detener estas conductas, y que el empleador motivado por una represalia evidente, decide poner término a la relación laboral invocando además una causal de caducidad cuyo contenido fáctico solo ratifica la reiteración de actos de hostigamiento que aquél venía realizando, como fue debidamente establecido.

De esta manera y según lo ya señalado, resulta fundamental que los trabajadores que sientan o consideren que no reciben un trato acorde con la dignidad humana hagan valer sus derechos, nuestro ordenamiento jurídico laboral reconoce como forma de enmendar estas vulneraciones e injusticias que pueden ocurrir durante la vigencia de la relación laboral o al término de la misma, a través de lo que se conoce como el procedimiento de tutela laboral, mecanismo procesal que permite al trabajador reclamar de aquellos actos provenientes de una relación laboral que vulnera garantías fundamentales de los trabajadores solicitando indemnizaciones que pueden llegar hasta el equivalente a 11 remuneraciones.

Si estas siendo víctima de malos tratos en tu trabajo o tu despido se vincula directamente con vulneración de tus derechos fundamentales o por haber denunciado a tu ex empleador ante la inspección de trabajo o por canales internos de la empresa, no dudes en contactarnos para recibir la mejor asesoría para la defensa de tu caso e integridad.

FUENTE: https://www.pjud.cl/noticias-del-poder-judicial/-/asset_publisher/kV6Vdm3zNEWt/content/segundo-juzgado-de-letras-del-trabajo-de-santiago-acoge-tutela-laboral-de-chef

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